Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales

27 de febrero de 2018

¿Riqueza intangible? Cara y sello del BITCOIN

Por: Leandro Moreno

Desde la Gran Depresión de 1929, la inestabilidad del sistema financiero ha sido un motivo frecuente de preocupación a nivel político, económico y social. Ahora bien, en la actualidad, las monedas virtuales han sido consideradas por muchos como una respuesta a dichas inquietudes y han ganado popularidad entre diversos sectores de la población que deciden comenzar a invertir en ellas, a la espera de recibir cuantiosas sumas de dinero a cambio. En los últimos meses la moneda virtual conocida como BITCOIN (BC) ha experimentado un auge sin precedentes en su valor monetario internacional que oscila entre 2000 y 3000 dólares estadounidenses por unidad. De esta manera, esta moneda virtual ha llamado la atención de una cantidad considerable de inversionistas, a nivel tanto internacional como nacional. A pesar de su elevada cotización, esta criptomoneda -es decir, un medio digital de intercambio-, no es considerada como una divisa de curso legal en la gran mayoría de países. En el caso colombiano, la Constitución Política señala que el Congreso de la República es el encargado de determinar la moneda legal, mientras que el Banco de la República debe facilitar su circulación. Aun cuando muchos ciudadanos, colombianos y extranjeros, le han otorgado un valor monetario, para el Superintendente Financiero, Jorge Castaño Gutiérrez, el BITCOIN no puede ser catalogado como una moneda sino, más bien, como un activo intangible (Dinero, 6 de julio de 2017). Al tenor de lo anterior, el propósito de las siguientes líneas es analizar las dos caras de la moneda en torno al BITCOIN.

La “cara” positiva del BITCOIN

Ahora bien, es necesario resaltar algunas virtudes de tan polémica moneda. Por ejemplo, el BC opera de manera electrónica y, por medio de un protocolo programático, denominado block-chain, impide que los mismos datos sean utilizados dos veces en una transacción, circunstancia que se traduce en brindar mayor seguridad ante eventuales fraudes. Además, debido a su constitución virtual, el uso del BITCOIN permite llevar a cabo transacciones de dinero sin la necesidad de que intermediarios, léase Bancos Centrales, intervengan. En este orden de ideas, puede ser considerado por muchos como un mecanismo innovador para realizar trasferencias de dinero. Para economistas como Jorge Sicilia, cabeza del Grupo del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), la preeminencia del BITCOIN reside en que la tecnología programática que usa habilita “una trazabilidad de operaciones a un costo reducido. Permite hacer muchas operaciones de forma más barata: desde comprar una acción, enviar remesas o pagar cupones hasta realizar cambios de monedas” (Dinero, 6 de julio de 2017). Dado lo anterior, la criptomoneda en cuestión es relevante en términos de servicio al cliente, pues se traduce, para el consumidor, en un método mucho mas práctico al momento de desarrollar intercambios pecuniarios.

El “sello” desalentador

El uso del BITCOIN ha suscitado polémica y ha llamado la atención de diversas entidades encargadas de supervisar actividades financieras. En el marco internacional, el Grupo de Acción Financiera contra el Blanqueo de Capitales del G-8 “advirtió que los BITCOINS hacen parte de los métodos que utilizan las organizaciones terroristas y otras estructuras al margen de la ley en sus esquemas de financiación”(Dinero, 6 de julio de 2017). En suma, aquí se pone de presente la forma en la que dicha moneda virtual se utiliza para legalizar ganancias obtenidas por medio de mecanismos ilícitos.

En Colombia, diversas autoridades han manifestado su intranquilidad debido al auge de el BITCOIN por diversos casos de estafas que se han generado a partir del mismo. Al igual que en recordados casos, como los de la pirámide DMG, muchos colombianos entregaron los ahorros de toda su vida, bajo las expectativas de recibir elevados réditos. Y es que, según Semana (17 de junio de 2017), “más de 5000 personas invirtieron su dinero para comprar monedas virtuales. Perdieron una suma que puede superar los 200 millones de dólares”. Al respecto, el Centro Cibernético Policial de la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL de la Policía Nacional (DIJIN), emitió una alerta en la que se informaba a la ciudadanía sobre los riesgos existentes al entregarle sus ahorros a compañías como Me-Coin, dedicada a la compra y venta de BITCOINS. En paralelo, entidades como la Superintendencia Financiera emitieron comunicados donde informan sobre el peligro potencial que puede significar invertir en monedas virtuales, pues “no hacen parte de la infraestructura del mercado de valores colombiano, no constituyen una inversión válida para las entidades vigiladas y sus operadores tampoco están autorizados para asesorar y/o gestionar operaciones sobre las mismas” (Dinero, 22 de junio de 2017).  Al respecto, es importante tener en cuenta que, al considerar  5200 víctimas en 5 países, 1700 son colombianas.

Conclusión

Con base en lo anteriormente expuesto, es necesario mencionar que, si bien las autoridades competentes, como Jorge Luis Vargas Valencia, director de la DIJIN, aseguran que desde dicha instancia de la Policía Nacional, en colaboración con la Fiscalía General de la Nación (FGN), se han adelantado programas y políticas para hacer frente al ciberdelito, es necesario un mejor flujo de información que permita a los colombianos comprender que las mencionadas monedas virtuales no se encuentran amparadas por ninguna garantía, ni Estatal, ni privada. Lo anterior, teniendo en cuenta que si bien la Constitución Política concede a la ciudadanía el derecho de poder invertir sus recursos de la manera que ellos dispongan, el Estado no es garante de dichas transacciones económicas y, por lo tanto, las pérdidas que puedan llegar a presentarse son únicamente responsabilidad del individuo.

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